Derecho Tributario Internacional
En el clima económico actual, las organizaciones sin fines de lucro están buscando globalmente para apoyar las operaciones continuas. Sin embargo, al hacerlo, las organizaciones sin fines de lucro deben comprender derecho fiscal internacional y garantizar el cumplimiento de las leyes fiscales federales aplicables y las pautas del IRS. Esto es especialmente importante en ciudades como San Diego, donde las organizaciones sin fines de lucro pueden tener operaciones tanto en los EE. UU. como al otro lado de la frontera con México.
Las organizaciones sin fines de lucro deben cumplir con todas las leyes impositivas estatales y federales aplicables. Las siguientes son algunas áreas clave de preocupación si su organización opera a nivel internacional o si recibe el apoyo de donaciones extranjeras. Comprender las obligaciones requeridas para operar internacionalmente es obligatorio para evitar sanciones por presentaciones omitidas.
Reporte de Operaciones Extranjeras y Cuentas Bancarias
Formulario 990 requiere que las divulgaciones sean declaradas y archivadas anualmente. Trabajando con los clientes, el Especialistas en derecho fiscal internacional en RJS LAW comenzará con una revisión de la Parte III del Formulario 990 y la Parte IX-A del Formulario 990-PF para obtener descripciones de las operaciones del programa internacional para garantizar la divulgación adecuada.
Los formularios de la Serie 990 contienen preguntas desencadenantes relacionadas con cuentas bancarias extranjeras para determinar si la organización sin fines de lucro tiene poder de firma o control sobre esas cuentas. Es importante responder estas preguntas con precisión, ya que es posible que se requiera que la organización, sus funcionarios y los miembros de la junta presenten una declaración por separado, según su participación en la(s) cuenta(s) extranjera(s). Muchas veces, estas preguntas se pasan por alto cuando una organización sin fines de lucro con sede en los EE. UU. tiene cuentas separadas pero controladas en un país extranjero.
Reporte de Donantes Extranjeros
Las organizaciones sin fines de lucro 501(c)(3) deben enumerar a sus donantes extranjeros utilizando el Anexo B, Programa de contribuyentes, en sus declaraciones.
Si bien las organizaciones sin fines de lucro pueden resistirse a la divulgación de los donantes, es importante tener en cuenta que los nombres de los donantes no son visibles para el público. Como parte del proceso de presentación, el IRS analizará los gastos incurridos para obtener las contribuciones de los donantes. Los costos de la donación incluyen cosas tales como el tiempo de solicitud de la subvención, los viajes y los costos relacionados con la preparación y obtención de las subvenciones. Estos y otros gastos deben declararse en el Anexo F, si se alcanzan ciertos umbrales. Lo mismo se aplicaría a cualquier proveedor de servicios extranjero.
Informar sobre el uso de fondos internacionales
Como parte del formulario federal anual 990 para organizaciones sin fines de lucro, Horario F requiere la divulgación completa de todas las ubicaciones de las oficinas, empleados, actividades del programa, actividades de recaudación de fondos e inversiones que se originan en un país extranjero o resultan en dinero gastado en otro país. Esto incluye cualquier subvención estadounidense marcada para su uso en actividades en el extranjero. El Anexo F también requiere información detallada sobre subvenciones extranjeras y el informe de subvenciones internacionales superiores a $5,000. Los detalles de los informes incluyen la región, el tipo de subvención otorgada a una entidad o individuo, y el monto y el propósito de las asignaciones monetarias para brindar transparencia al público, los financiadores y otras partes interesadas.
Reporte de Transferencias, Entidades y Estructuras Extranjeras
El Anexo F también contiene preguntas sobre transferencias, entidades y estructuras extranjeras. Estas preguntas pueden ser un poco confusas y los expertos en derecho fiscal internacional de RJS LAW están disponibles para ayudar.
Desafortunadamente, las instrucciones para el Formulario 990 y su Anexo F pueden ser vagas y hay poca orientación escrita disponible. Como tal, la comprensión de las operaciones y estructuras extranjeras es fundamental para la elaboración de informes adecuados. Áreas clave a tener en cuenta:
- ¿La organización sin fines de lucro tiene presencia en el extranjero?
- ¿Hay una presencia física?
- Si está registrado en el extranjero, ¿cuáles son los requisitos locales en términos de estructura organizativa y operaciones generales?
- ¿Las operaciones extranjeras se consideran sucursales u oficinas de la organización estadounidense?
- ¿O se les considera una ONG o una organización sin fines de lucro subsidiaria separada en el país de operación?
Las respuestas a estas preguntas, todas tienen consecuencias fiscales.
Entidades Relacionadas Internacionales Informantes
Si las operaciones internacionales son realizadas por entidades separadas, también se requerirá el Formulario 990, Anexo R para determinar si estas organizaciones se consideran “relacionadas” para propósitos de informes.
Determinar los aspectos funcionales y de control de la organización sin fines de lucro, así como sus operaciones en el extranjero, es vital para preparar correctamente los formularios y declaraciones fiscales aplicables.
Determinar el control de entidades extranjeras puede ser complicado
Para las organizaciones sin fines de lucro con operaciones internacionales, determinar las estructuras de declaración de impuestos y los requisitos de declaración adecuados puede ser complejo y confuso. Sin embargo, los expertos calificados en derecho tributario internacional de RJS LAW pueden ahorrar horas en la preparación y ayudar a garantizar que sus declaraciones de impuestos se preparen correctamente y se informen con precisión al IRS. Si su organización sin fines de lucro tiene operaciones internacionales, llámenos hoy al (619)-595-1655 para una revisión y discusión sin compromiso de las consecuencias fiscales.
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