Descarga de impuestos estatales sobre la renta en caso de bancarrota. FTB El impuesto sobre la renta del estado de California puede ser oneroso y contribuir a la decisión del deudor de declararse en bancarrota. Afortunadamente, el impuesto sobre la renta estatal se puede descargar en impuestos de bancarrota en determinadas circunstancias. Esas circunstancias son en gran medida idénticas a las circunstancias bajo las cuales se pueden descargar los impuestos federales sobre la renta, ya que el poder de los tribunales de quiebras no se ve afectado por si los impuestos son estatales o federales.
En primer lugar, la bancarrota debe presentarse tres años después de la fecha de vencimiento de la declaración (incluidas las extensiones). Para dar un ejemplo, la fecha de vencimiento del Formulario 2017 de 540 (con extensión) fue el 15 de octubre de 2018. Una obligación de impuesto sobre la renta de California de 2017 no se puede liquidar en caso de quiebra hasta el 15 de octubre de 2021.
En segundo lugar, los deudores que buscan liquidar el impuesto sobre la renta estatal deben haber presentado una declaración de impuestos por el impuesto sobre la renta sobre el que pretenden haber liquidado. Esa declaración de impuestos no tiene que haberse presentado a tiempo; una presentación tardía de la declaración de impuestos será suficiente, siempre que la declaración se haya presentado más de dos años antes de que comience la bancarrota. Sin embargo, según las leyes actuales de bancarrota, los impuestos estatales y federales no se pueden liquidar en caso de quiebra si el IRS o el estado presenta una declaración en su nombre.
A continuación, la autoridad fiscal estatal debe haber evaluado el impuesto sobre la renta estatal más de 240 días antes de que el deudor presente un caso de bancarrota. Si bien los impuestos federales generalmente se evalúan dentro de las seis semanas posteriores a la presentación de una declaración de impuestos, el tiempo entre la presentación de una declaración de impuestos y la evaluación correspondiente variará de un estado a otro.
Finalmente, el deudor no debe haber intentado defraudar a la autoridad tributaria presentando una declaración fraudulenta. Incluso cuando no se cumplan estos requisitos y un deudor no pueda liquidar con éxito los impuestos estatales en caso de bancarrota del Capítulo 7, puede ser posible forzar una Capítulo 13 plan de pago sobre una autoridad fiscal estatal.
Cuando una deuda de impuesto sobre la renta estatal no se puede liquidar, se puede intentar liquidarla de varias formas. Los planes de pago a plazos pueden brindar una opción al contribuyente económicamente oprimido, y es probable que las autoridades fiscales estatales trabajen con los contribuyentes para permitirles pagar de manera viable. Incluso puede haber formas de reducir el monto total adeudado a las autoridades fiscales estatales. Así como el Servicio de Impuestos Internos (IRS) federal tiene opciones de Oferta de Compromiso, las autoridades fiscales estatales también pueden estar dispuestas a liquidar deudas tributarias con deudores que no pueden pagar.
Finalmente, también pueden ser posibles las condonaciones de cobranza, cuando la deuda permanece pendiente pero el estado acuerda no intentar cobrar las deudas debido a dificultades financieras. Como es el caso a nivel de impuestos federales, las autoridades fiscales estatales probablemente querrán ver evidencia continua de dificultades financieras para justificar la continuación de la suspensión de la recaudación.
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