Plan de pagos a plazos
A veces, un contribuyente carece de activos e ingresos suficientes para pagar una deuda tributaria en su totalidad y, en tales casos, acuerdos de pago a plazos con el IServicio de Impuestos Internos (IRS) puede ser de utilidad. Los acuerdos de pago a plazos son beneficiosos por varias razones, pero principalmente porque normalmente evitan que su IRS cobre los activos de los deudores de impuestos siempre que el acuerdo de pago esté en vigor y se cumpla. Sin embargo, si bien los acuerdos de pago simplificados pueden evitar que el IRS cobre los activos de un deudor tributario, una serie de costos asociados con estos planes, como el pago de una tarifa de usuario, multas e intereses acumulados y la posible presentación de un Aviso de impuesto federal. Lien (NFTL) mitigar a favor de pagar una deuda tributaria en su totalidad cuando sea posible.
Cuando un acuerdo de pago a plazos es la mejor opción para un deudor tributario, esa persona puede celebrar un acuerdo de pago a plazos que prevea el pago total o parcial. Específicamente, si el pago total de la obligación tributaria pendiente no se puede realizar antes de la Fecha de Vencimiento del Estatuto de Cobro (CSED), el IRS puede aprobar un Acuerdo de Pago Parcial a Plazos. En virtud de un acuerdo de pago a plazos, el IRS y el deudor tributario acordarán un calendario de pagos económicamente viable basado en los activos y los ingresos del deudor tributario. Cabe señalar que los intereses y las multas aplicables continuarán acumulándose durante la vigencia del plan de pagos.
Según el IRC, un deudor fiscal tiene el derecho legal a un acuerdo de pago a plazos si el deudor fiscal:
- debe impuestos sobre la renta solo de $ 10,000 o menos (excluyendo multas e intereses);
- ha presentado todas las declaraciones de impuestos sobre la renta o ha pagado todos los impuestos que se muestran en esas declaraciones durante los cinco años contributivos anteriores;
- no puede pagar el impuesto inmediatamente
- acepta el pago completo en un plazo de 3 años;
- acepta presentar declaraciones y pagar todos los impuestos durante el plazo del contrato y no se le ha otorgado un contrato de pago a plazos durante los últimos cinco años contributivos.
Además, los contribuyentes con obligaciones de impuestos sobre la renta de hasta $ 50,000 podrán celebrar un acuerdo simplificado con el IRS sin tener que proporcionar al IRS un estado financiero. Servicio de ingresos internos.
Pagos
Los pagos en virtud de acuerdos de pago a plazos se pueden realizar de varias maneras, incluso a través del Sistema Electrónico de Pago de Impuestos Federales (EFTPS), un acuerdo de pago a plazos de débito directo, un acuerdo de pago a plazos de deducción de nómina, un acuerdo de pago a plazos de tarjeta de crédito o simplemente pago con cheque o giro postal. La estructura de tarifas de usuario para acuerdos a plazos es la siguiente: $ 105 para nuevos acuerdos, $ 45 para acuerdos restablecidos y $ 52 para acuerdos de débito directo a plazos.
Si bien los acuerdos de pago a plazos simplificados casi siempre están disponibles para aquellos con obligaciones tributarias más bajas, aquellos con obligaciones más sustanciales pueden necesitar representación legal para abogar eficazmente en su nombre por un plan de pago. Además, incluso aquellos con obligaciones fiscales menores que tienen un derecho legal a un acuerdo de pago a plazos pueden optar por un plan de pago parcial, que es otra situación en la que será útil un asesor fiscal experimentado. Considere estas opciones antes de buscar un acuerdo de pago a plazos.