
Introducción a la Tarjeta Dorada de Trump
El 25 de febrero de 2025, el presidente Trump presentó la visa Tarjeta Dorada, una vía de $5 millones para obtener la residencia y la ciudadanía estadounidense, diseñada para reemplazar el programa EB-5 para inversionistas inmigrantes. El secretario de Comercio, Howard Lutnick, respaldó esta iniciativa, con fecha de lanzamiento prevista para el 11 de marzo de 2025, bajo la supervisión del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y el Departamento de Comercio (Reuters, 26 de febrero de 2025; TIME, 25 de febrero de 2025). A diferencia del EB-5, que requiere una inversión de entre $800,000 y $1.05 millones y la creación de empleo, la Tarjeta Dorada exige una contribución directa de $5 millones al Tesoro de EE. UU., sin condiciones de empleo.
Al 10 de marzo de 2025, no se había promulgado ninguna ley habilitante. La autoridad migratoria reside en el Congreso, según el Artículo I, Sección 8, Cláusula 4 de la Constitución de los Estados Unidos, y la aplicación por parte de Trump de la Sección 212(f) de la INA (8 USC § 1182(f)) sigue sin estar legalmente probada y sin respaldo legal (NatLawReview, 2 de marzo de 2025). Golden Gateway Capital está monitoreando atentamente los avances con el USCIS y el Congreso para garantizar la acción inmediata tras la implementación del programa.
Criterios de Elegibilidad
La visa Tarjeta Dorada está dirigida a personas con un alto patrimonio neto dispuestas a contribuir 5 millones de dólares a Estados Unidos. Este importante compromiso, descrito como una donación económica en lugar de una inversión tradicional, lo distingue como uno de los programas de visa para inversionistas más exclusivos del mundo. Los requisitos de elegibilidad incluyen:
- Contribución mínima: Se requiere un pago de $5 millones al Tesoro de los EE. UU., superando el umbral del EB-5 de $800,000 a $1.05 millones (8 USC § 1153(b)(5)).
- Cualificaciones financieras: Los solicitantes deben demostrar la propiedad legal de $5 millones, respaldada por documentación rigurosa, como declaraciones de impuestos, contratos de compraventa de empresas o registros de herencia (8 CFR § 204.6(j)(3)). Una diligencia debida exhaustiva verificará la ausencia de financiación ilícita.
- Perfil del solicitante: El programa busca inversionistas sofisticados y adinerados sin restricciones de nacionalidad. Incluso personas de países que suelen estar restringidos por otras categorías de visa pueden calificar si cumplen los criterios. El presidente Trump ha mostrado su disposición a aceptar solicitantes como oligarcas rusos (25 de febrero de 2025).
- Estándares de fondo: Los solicitantes deben tener 18 años o más, no tener antecedentes penales significativos ni violaciones de inmigración, de acuerdo con los estándares de admisibilidad de EE. UU. (8 USC § 1182).
- Inclusión familiar: Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años pueden obtener la residencia como dependientes gracias a la contribución de $5 millones del solicitante principal.
Los detalles finales de elegibilidad esperan la confirmación legislativa.
¿Por qué elegir Golden Gateway Capital?
El proceso de la Tarjeta Dorada es complejo, con incertidumbres legales y un riesgo financiero significativo: $5 millones en riesgo por posible fraude (18 USC § 1343). Si bien la EB-5 permanece vigente hasta 2027 (Ley Pública 117-103), sus vulnerabilidades percibidas, como señaló el Secretario Lutnick, subrayan la necesidad de asesoramiento experto. Nuestra firma ofrece una perspicacia legal inigualable, con conocimiento de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (8 USC) y protegiendo sus intereses en todo momento. Transformamos esta oportunidad en una realidad segura y sin complicaciones.
Proceso de Solicitud
Paso 1: Petición inicial
Iniciamos su solicitud con una petición de inmigrante ante el USCIS. A partir del 10 de marzo de 2025, no existía un formulario específico para la Tarjeta Dorada; prevemos un nuevo Formulario I-xxx, basado en el Formulario I-526 (EB-5, tarifa de $11,160, 8 CFR § 204.6). Los documentos requeridos incluyen:
- Comprobante de disponibilidad de 5 millones de dólares (por ejemplo, extractos bancarios).
- Evidencia de fuente legal de fondos (por ejemplo, declaraciones de impuestos, contratos comerciales).
- Confirmación de compromiso de $5 millones (por ejemplo, acuerdo de depósito en garantía o recibo del Tesoro).
- Documentación personal: pasaportes, actas de nacimiento, actas de matrimonio (para dependientes).
- Certificados de antecedentes penales de los países de residencia (6+ meses).
Nuestros abogados preparan y presentan meticulosamente su petición (USCIS: 1-800-375-5283, www.uscis.gov).
Paso 2: Aprobación de la petición y pago
El USCIS evalúa su petición, un proceso que se estima en 3 a 6 meses según los plazos del EB-5 (USCIS.gov, marzo de 2025). Tras la aprobación, sus $5 millones se transfieren del depósito en garantía al Tesoro mediante EFTPS (202-622-2000, 800-555-4477, 31 CFR § 210), y se guardan de forma segura en una institución asegurada por la FDIC (por ejemplo, Chase, 800-935-9935). El pago total es un requisito previo para la emisión de la visa. Protegemos contra el fraude, aplicando el Título 18 del Código de los Estados Unidos § 1546 y coordinando con el Departamento de Justicia (DOJ) (202-514-2000).
Paso 3: Adquisición de residencia
- Fuera de los Estados Unidos: Presentamos el formulario DS-260 en su consulado estadounidense (p. ej., Tokio: 81-3-3224-5000). Usted proporciona un examen médico, documentos originales y asiste a una entrevista (8 USC § 1201). La aprobación otorga una visa de inmigrante para ingresar como residente permanente.
- Dentro de los EE.UU.: Presentamos el Formulario I-485 ($1,440, 8 CFR § 103.7) para el ajuste de estatus, que incluye un examen médico y una posible entrevista. La aprobación otorga la residencia permanente.
Paso 4: Residencia condicional (si corresponde)
Su Tarjeta Verde puede ser condicional por 2 años (según EB-5, 8 CFR § 216.4) o permanente, pendiente de aclaración. Si es condicional, presentamos el Formulario I-829 ($9,525) para eliminar las restricciones y verificar el cumplimiento de los pagos (8 USC § 1186b).
Paso 5: Camino hacia la ciudadanía
Tras 5 años como residente permanente (30 meses en EE. UU., 8 USC § 1427), presentamos el Formulario N-400 ($725, 8 CFR § 334.2). Al completar satisfactoriamente los requisitos de inglés y educación cívica, seguidos del Juramento de Lealtad (8 USC § 1448), obtiene la ciudadanía estadounidense.
Contacto RJS LAW Para obtener más información sobre la tarjeta Trump Visa Gold (619) 595-1655