
Deuda del impuesto sobre las ventas de California
La deuda del impuesto sobre las ventas de California puede ser dado de baja en quiebra Si se cumplen debidamente los requisitos federales y estatales específicos, generalmente relacionados con la antigüedad de la deuda tributaria y los procedimientos de declaración adecuados. A diferencia de algunos estados donde el impuesto sobre las ventas se considera un impuesto de "fondo fiduciario" no descargable, California lo trata como un impuesto sobre los ingresos brutos, que puede ser descargable bajo ciertas condiciones.
Condiciones clave para la descargabilidad
Para que una deuda de impuestos sobre las ventas de California, adeudada al Departamento de Impuestos y Administración de Tarifas de California (CDTFA), sea cancelable, generalmente se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Se presentó una declaración: Se debe haber presentado la declaración de impuestos correspondiente al período en cuestión. Si no se presentó, la deuda generalmente no es exonerable.
- Returns dos hace más de 3 años: La declaración de impuestos debe haber vencido (incluidas las prórrogas) al menos tres años antes de que se presente el caso de quiebra.
- Returns archivado hace más de 2 años: La declaración debe haber sido presentada al menos dos años antes de declararse en quiebra.
- Evaluación con al menos 240 días de antigüedad: La deuda tributaria debe haber sido evaluada por el CDTFA al menos 240 días antes de presentar la petición de quiebra (este período puede suspenderse por ciertos eventos).
- Sin fraude ni evasión deliberada: La deuda tributaria no puede ser resultado de una declaración fraudulenta o de un intento intencional de evadir el pago del impuesto.
- Terminación de negocio gestionada adecuadamente: Para los propietarios de empresas (especialmente corporaciones o sociedades de responsabilidad limitada), la responsabilidad personal del impuesto sobre las ventas suele surgir tras la liquidación o el abandono de la empresa. Se debe notificar explícitamente la liquidación de la empresa al CDTFA para que comience a correr el plazo de liquidación de la persona responsable.
Consideraciones Importantes
- Gravámenes fiscales: Si se presentó un gravamen fiscal estatal contra su propiedad antes de declararse en quiebra, el gravamen generalmente sobrevive a la liquidación de la quiebra, incluso si se liquida la deuda personal subyacente. CDTFA o FTB aún podría cobrar el gravamen de la propiedad embargada.
- Responsabilidad de la persona responsable: Las personas responsables de las finanzas de la empresa (por ejemplo, los funcionarios corporativos) pueden ser consideradas personalmente responsables de los impuestos sobre las ventas no pagados.
- Estancia Automática: Declararse en bancarrota activa una suspensión automática que detiene la mayoría de las actividades de cobro (como gravámenes, embargos de salario o embargos). Debe notificar al CDTFA y a la Junta de Impuestos de Franquicias (FTB) su número de caso de bancarrota.
- Obligaciones en curso: Aún debe presentar todas las declaraciones de impuestos posteriores a la petición cuando vencen.
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Escrito por Andy J. Epstein, Esq., Contador Público Certificado, Máster en Derecho.

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