Cuando un deudor tributario no cumple con sus obligaciones tributarias, el Servicio de Impuestos Internos (IRS) eventualmente iniciará procedimientos de cobro para cobrar la deuda tributaria pendiente del deudor tributario. El deudor tributario debe entender que solo porque el IRS es una agencia federal, sus acciones no siempre son adecuadas y legales, y dadas las circunstancias particulares de la cuenta de un deudor tributario, esas acciones pueden ser inapropiadas y reversibles según los procedimientos estándar del IRS. En términos del IRS, esto significa que los deudores tributarios tienen lo que se llaman Derechos de Apelación de Cobros, es decir, derechos para impugnar las acciones del IRS y potencialmente mitigar o revertir los efectos de esas acciones. Los deudores fiscales en situaciones financieramente difíciles deben estar al tanto de sus opciones de apelación en caso de que una acción de cobranza del IRS cause dificultades extremas.
Los derechos de apelación de cobranza se pueden dividir en dos categorías básicas: debido proceso de cobranza y el programa de apelaciones de cobranza. El IRS deriva su autoridad para proporcionar al deudor tributario el debido proceso de cobro del IRC § 6320 que le otorga al deudor tributario el derecho de apelar la presentación de un Aviso de gravamen por impuesto federal, y del IRC § 6330, que otorga al deudor tributario el derecho a apelar antes o después de una acción de embargo, dependiendo del tipo de impuesto de que se trate. Servicio de Impuestos Internos, Manual de Impuestos Internos 5.1.9.1 (02-23-2012) Descripción general de los derechos de apelación de cobro, disponibles en https://www.irs.gov/irm/part5/irm_05-001-009.html. Con respecto al Programa de Apelaciones de Cobros, IRC § 7122 (e) otorga al deudor de impuestos el derecho de apelar el rechazo del IRS de las solicitudes de acuerdos de pago a plazos, así como el derecho a apelar las terminaciones propuestas y reales de los acuerdos de pago a plazos. Un deudor de impuestos también tiene el derecho bajo el Programa de Apelaciones de Cobros de apelar acciones de embargo, embargo o embargo propuestas o reales. Finalmente, IRC § 7123 otorga al contribuyente derechos de mediación y arbitraje antes de las apelaciones, nuevamente provistos por el IRS a través del Programa de Apelaciones de Cobros. También existen otros derechos de apelación relacionados con la evaluación de la multa de recuperación del fondo fiduciario, ofertas de transacción, reducción de las evaluaciones de la multa debido a una causa razonable y gravámenes por peligrosidad en beneficio de los deudores fiscales.
Los deudores tributarios deben mantenerse al tanto de estos derechos de apelación y pueden hacerlo revisando una serie de publicaciones del IRS, incluida la Publicación 594, El proceso de cobro del IRS, la Publicación 1660, Derechos de apelación de cobro, el Formulario 9423, la Solicitud de apelación de cobro y el Formulario 12153, Solicitud de debido proceso de cobranza o audiencia equivalente. Dicho esto, consultar con un profesional fiscal experimentado es, en última instancia, el mejor mecanismo para resolver problemas relacionados con las apelaciones.
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Tenga en cuenta que la información y los consejos presentados en este blog no están destinados a ser utilizados como asesoramiento legal formal. Póngase en contacto con un profesional de impuestos para obtener asesoramiento fiscal personalizado en relación con su situación específica. Si bien intentamos responder todas las partes de la pregunta cuando escribimos nuestros blogs, a veces pueden quedar algunas sin respuesta. Si tiene alguna pregunta sobre sus problemas con el IRS, SBOE, FTB o BOE, o la ley tributaria en general, llame a RJS Law al (619) 595-1655.
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