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Programa de divulgación voluntaria offshore
El IRS reabrió el Programa de Divulgación Voluntaria Offshore (OVDP) en 2012 después de que los contribuyentes continuaran expresando interés después del cierre del programa en 2009 y 2011. El Programa de Divulgación Voluntaria Offshore, también conocido como la Iniciativa de Divulgación Voluntaria Offshore, otorga a los contribuyentes con cuentas y activos para cumplir con los impuestos en los EE. UU. Para leer más sobre el Programa de Divulgación Voluntaria Offshore, visite el sitio web del IRS OVDP.
Nuevos procedimientos de cumplimiento de presentación simplificados
En septiembre de 2012, el Servicio de Impuestos Internos (IRS) anunció un procedimiento de presentación simplificado para los contribuyentes estadounidenses no residentes que puedan probar que su incumplimiento de declarar activos financieros extranjeros se debió a una conducta no intencionada. En este caso, el contribuyente debe presentar declaraciones de impuestos sobre la renta y declaraciones de información en mora durante los últimos tres años, y presentar FBAR en mora durante los últimos seis años. Para aquellos que residen fuera de los EE. UU. Y califican, el IRS acelerará la revisión de su presentación y no impondrá sanciones ni llevará a cabo acciones de seguimiento.
En 2014, el IRS expandió estos procedimientos de cumplimiento de presentación para incluir a ciertos contribuyentes estadounidenses que residen en los EE. UU. Para estos contribuyentes, la única sanción será una sanción extraterritorial del 5% de los activos financieros extranjeros que dan lugar al problema del cumplimiento tributario. Para obtener más información sobre los Procedimientos simplificados de cumplimiento de la presentación, visite el sitio web del IRS.
¿Qué sucede si tengo una presentación FBAR morosa?
Los contribuyentes que no han presentado un FBAR y no están bajo investigación civil o criminal por parte del IRS y no han sido contactados por el IRS con respecto a sus FBAR morosos deben presentar todos los FBAR morosos de acuerdo con las instrucciones de presentación del FBAR, que se encuentran en el sitio web del IRS. Cuando presente su FBAR moroso, proporcione una declaración que detalle por qué está presentando tarde. Puede seleccionar una opción en la portada del formulario electrónico o proporcionar una explicación personalizada utilizando el campo "Otro". Si por alguna razón no puede presentar la solicitud electrónicamente, comuníquese con la Línea de ayuda regulatoria de FinCEN al +1 (800) 949-2732 si estás dentro de los EE. UU. y +1 (703) 905-3975 si llama desde fuera de los EE. UU.
¿Necesitas ayuda adicional?
Si tiene más preguntas sobre cómo presentar su FBAR, visite la Guía de referencia de FBAR proporcionada por el IRS. El IRS también ha proporcionado un seminario web sobre el tema, titulado Informe de cuentas financieras extranjeras en el FBAR electrónico, y se puede acceder a él a través del sitio web del IRS.
Siempre puede comunicarse directamente con el IRS para obtener ayuda en la presentación de su FBAR llamando al +1 (866) 270-0733 (llamada gratuita dentro de los EE. UU.) o +1 (313) 234-6146 (no gratuito, para personas que llaman fuera de los EE. UU.), de lunes a viernes de 8 am a 4:30 pm hora del este.
Debido a las grandes sanciones y las regulaciones confusas, contratar a un abogado de impuestos para ayudar en el proceso de preparación y presentación de FBAR u optar por la Iniciativa de Divulgación Voluntaria Offshore (OVDI) podría ser prudente. Nuestro equipo de abogados expertos en impuestos que están muy bien versados en las regulaciones y el proceso estarán encantados de ayudarlo en caso de que lo necesite. Hemos preparado FBAR varias veces y podemos ayudar a responder cualquier pregunta que pueda tener. Por favor, siéntase libre de Contáctenos o llámanos al (619) 595-1655 y programar una consulta gratuita con un abogado. ¡Estamos felices de ayudar en todo lo que podamos!
[1] Informes de cuentas bancarias y financieras extranjeras (FBAR) https://www.irs.gov/Businesses/Small-Businesses-&-Self-Employed/Report-of-Foreign-Bank-and-Financial-Accounts-FBAR
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Tenga en cuenta que la información y los consejos presentados en este blog no están destinados a ser utilizados como asesoramiento legal formal. Contacto un profesional de impuestos para el asesoramiento fiscal personalizado en relación con su situación específica. Si bien intentamos responder todas las partes de la pregunta cuando escribimos nuestros blogs, a veces pueden quedar algunas sin respuesta. Si tiene alguna pregunta sobre sus problemas con el IRS, SBOE, FTB o BOE, o la ley tributaria en general, llame a RJS Law al (619) 595-1655.
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