Cuando un contribuyente no cumple con sus obligaciones fiscales federales con el Servicio de Impuestos Internos (IRS), tiene varias opciones disponibles para cumplir con esa obligación y evitar un gravamen del IRS. Una de esas opciones es solicitar que el IRS y el contribuyente celebren un acuerdo mediante el cual el contribuyente pagará su responsabilidad mensualmente durante un período de tiempo determinado. Esto también se conoce como un acuerdo de pago a plazos, y dichos acuerdos se pueden obtener mediante la presentación del Formulario 9465-FS ante el IRS.
Si la obligación tributaria en cuestión es mayor a $ 25,000 pero menor o igual a $ 50,000, y el contribuyente no puede cumplir con su obligación tributaria, el Formulario 9465-FS es el formulario apropiado para presentar cuando solicita entrar en un acuerdo de pago a plazos. Dicho esto, el formulario puede ser utilizado por todos los contribuyentes para solicitar un acuerdo de pago a plazos si así lo desean. Si bien los acuerdos de pago a plazos generalmente se limitan a 72 meses de duración, bajo ciertas circunstancias el IRS puede otorgar dispensas especiales a aquellos que necesitan distribuir los pagos durante un período más largo. El IRS también puede otorgar dispensas comparables a las ofertas de compromiso, donde el monto total adeudado al IRS se reduce como parte del plan de pago. Dicho esto, tenga en cuenta que esto no significa necesariamente que se elimine el monto originalmente adeudado, y tales asuntos deben abordarse con un abogado fiscal con experiencia.
Los contribuyentes deben tener en cuenta que hay una serie de recursos financieros disponibles dependiendo de las circunstancias particulares del contribuyente. Pueden estar disponibles ofertas de compromiso, así como recursos no gubernamentales; por ejemplo, simplemente sacar un préstamo o poner la obligación tributaria en una tarjeta de crédito puede ser una mejor opción dependiendo de los términos del acuerdo de pago ofrecido por el IRS. El formulario 9465-FS se puede encontrar en https://www.irs.gov/pub/irs-pdf/f9465.pdf. Para presentar el Formulario 9465-FS, el contribuyente debe hacerlo en papel y adjuntarlo a la declaración de impuestos que se presenta al IRS o, alternativamente, enviar el formulario por correo a la dirección que se muestra en las instrucciones del Formulario 9465-FS. Consulte el Servicio de Impuestos Internos, Instrucciones para el Formulario 9465-FS, disponibles en https://www.irs.gov/forms-pubs/about-form-9465.
Sobre todo, tenga en cuenta que las decisiones sobre la celebración de un acuerdo de pago a plazos deben implicar una seria consideración en consulta con un profesional fiscal experimentado. Dichos profesionales están disponibles en varios foros, incluido un abogado fiscal, el Servicio de Defensa del Contribuyente y otros profesionales externos.
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Tenga en cuenta que la información y los consejos presentados en este blog no están destinados a ser utilizados como asesoramiento legal formal. Contacto un profesional de impuestos para el asesoramiento fiscal personalizado en relación con su situación específica. Si bien intentamos responder todas las partes de la pregunta cuando escribimos nuestros blogs, a veces pueden quedar algunas sin respuesta. Si tiene alguna pregunta sobre sus problemas con el IRS, SBOE, FTB o BOE, o la ley tributaria en general, llame a RJS Law al (619) 595-1655.
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