Si recibió este aviso, el IRS le notifica que ha sido recertificado para el Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC). El EITC es un beneficio para los contribuyentes que trabajan y tienen ingresos bajos a moderados. Este crédito reduce la cantidad de impuestos que debe y también puede resultar en que reciba un reembolso. Para calificar para este crédito y continuar recibiéndolo, debe cumplir con todos los siguientes requisitos:
- Usted, su cónyuge (si presenta una declaración conjunta) y todos los demás que figuran en el Anexo EIC deben tener un número de Seguro Social válido.
- Debe haber ganado dinero por trabajar para un tercero o por administrar u operar un negocio o granja.
- Si está casado, no puede presentar una declaración por separado.
- Debe ser ciudadano estadounidense o extranjero residente durante todo el año fiscal anterior, o un extranjero no residente casado con un ciudadano estadounidense o extranjero residente.
- No puede ser hijo calificado de otro contribuyente.
- No puede presentar el Formulario 2555 (o el Formulario 2555EZ) relacionado con sus ingresos del trabajo en el extranjero.
- Debe cumplir con la asignación de ingresos del trabajo, el AGI y los límites de inversión e ingresos para cada año en el que le gustaría participar en el programa EITC.
- También debe cumplir con uno de los siguientes requisitos: tener un hijo calificado, O tener entre 25 y 65 años al final del año, vivir en los EE. UU. Durante más de la mitad del año anterior y no calificar como dependiente de otra persona.
Los ingresos del trabajo se consideran todos los ingresos y salarios sujetos a impuestos que recibió por trabajar para otra persona o en su propio negocio. Esto también incluye sueldos, salarios, propinas, cualquier beneficio de huelga sindical que haya recibido, ganancias netas del trabajo por cuenta propia y algunos beneficios por discapacidad que recibió antes de alcanzar la edad mínima de jubilación.
Su hijo se considera un hijo calificado si cumple con todos los siguientes requisitos:
- Edad: debe ser menor de 19 años al final del año y menor que usted o su cónyuge, si presenta una declaración conjunta.
- Parentesco: Deben ser su hijo, hija, hijastro, hijo adoptivo elegible o descendiente de alguno de estos (nieto), o su hermano, hermana, medio hermano, hermanastro o cualquier descendiente de estos (sobrina o sobrino).
- Residencia: El hijo debe haber vivido con usted o su cónyuge si presenta una declaración conjunta, durante más de la mitad del año.
- Declaración conjunta: Su hijo no debe haber presentado una declaración conjunta, o si lo hizo, él / su cónyuge lo hizo solo para recibir un reembolso y no estaba obligado a presentar una declaración.
Si tiene alguna pregunta sobre el EITC y si califica o no, el IRS ofrece una solicitud de Asistente del EITC en ambos Inglés y Español.
Si recibió este aviso, no es necesario que complete el Formulario 8862, Información para reclamar el crédito por ingreso del trabajo después de la desautorización. De hecho, ¡no necesitas hacer nada más! Solo guarde este aviso para sus registros y esté atento a su reembolso, que debería llegar en aproximadamente 6 semanas. Si no ha recibido su reembolso después de 6 semanas, llame al número que aparece en la parte superior de su aviso.
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Tenga en cuenta que la información y los consejos presentados en este blog no están destinados a ser utilizados como asesoramiento legal formal. Contacto un profesional de impuestos para el asesoramiento fiscal personalizado en relación con su situación específica. Si bien intentamos responder todas las partes de la pregunta cuando escribimos nuestros blogs, a veces pueden quedar algunas sin respuesta. Si tiene alguna pregunta sobre sus problemas con el IRS, SBOE, FTB o BOE, o la ley tributaria en general, llame a RJS Law al (619) 595-1655.
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