
Preguntas frecuentes sobre auditoría fiscal general
Estas son preguntas comunes RJS LAW recibe sobre asuntos de auditoría fiscal de carácter general.
¿Debo proporcionar al IRS u otras autoridades fiscales toda mi información personal?
No siempre. Si bien las autoridades fiscales, como el IRS, tienen amplias facultades para solicitar información y registros, los contribuyentes no están obligados a cumplir con todas las solicitudes sin restricciones. Un abogado fiscal con experiencia puede ayudar a determinar qué información debe proporcionarse, proteger los derechos de los contribuyentes y abordar cuestiones de privacidad o alcance.
¿Cuánto cuesta contratar un abogado fiscal?
Los honorarios legales varían según la firma, la estructura de honorarios y la complejidad del asunto. RJS LAW ofrece consultas gratuitas, que incluyen una evaluación inicial de su situación y una estimación de los honorarios legales.
¿Necesito contratar un abogado fiscal para cada asunto fiscal?
No. Algunos asuntos fiscales son relativamente sencillos y pueden gestionarse sin representación profesional. Otros son complejos y se benefician significativamente de un asesor legal experimentado. Con gusto revisaremos su situación y le ofreceremos una evaluación sincera sobre si vale la pena contratar a un abogado fiscal.
¿Qué tipos de asuntos tributarios maneja su firma?
RJS LAW maneja una amplia gama de asuntos fiscales, incluidos:
- Casos del IRS
- Casos de la Junta de Impuestos de Franquicias de California (FTB)
- Casos del Departamento de Desarrollo del Empleo (EDD)
- Casos del Departamento de Impuestos y Administración de Tarifas de California (CDTFA)
La firma también se ocupa de planificación fiscal, organizaciones sin fines de lucro, planificación patrimonial, testamentos, fideicomisos y asuntos de quiebra.
Recibí un aviso diciendo que debo una gran cantidad de impuestos. ¿Tengo que pagarlos todos?
No necesariamente. Quizás puedas:
- Impugnar la evaluación mediante recursos u otros procedimientos
- Reducir las sanciones demostrando una causa razonable
- Establecer acuerdos de pago basados en ingresos, activos y gastos.
Cada caso depende de los hechos y los recursos disponibles.
¿Iré a la cárcel por mis problemas fiscales?
En la mayoría de los casos, no. Si bien las autoridades fiscales sí inician procesos penales en situaciones limitadas, solo un pequeño porcentaje de contribuyentes enfrenta cargos penales. Es fundamental tomar medidas proactivas para corregir errores, resolver problemas tributarios y evitar acciones que aumenten el riesgo. Se recomienda encarecidamente consultar con un abogado fiscal si le preocupa la exposición a delitos.
¿Mi problema fiscal me perseguirá por siempre?
Generalmente, no. La mayoría de los problemas tributarios se pueden resolver, aunque suele requerir tiempo y esfuerzo. Es común encontrar planes de pago y otras opciones de resolución, y las deudas tributarias con el IRS suelen vencer después de 10 años. Muchos contribuyentes logran salir adelante tras resolver sus problemas tributarios.
¿Qué pasa con los anuncios que afirman que los impuestos se pueden pagar por “unos pocos centavos por dólar” o que ofrecen un “nuevo comienzo”?
Tenga cuidado. Si bien el IRS ofrece una Ofrecimiento de Transacción Aunque existe un programa que permite a algunos contribuyentes llegar a un acuerdo por menos del monto total adeudado, la mayoría no califica. Desconfíe de cualquier profesional de impuestos que garantice un acuerdo, prometa un "nuevo comienzo" o afirme que los impuestos se pueden negociar como una transacción comercial.
Si debo impuestos atrasados y el dinero escasea, ¿debería pagar primero los impuestos actuales o los impuestos vencidos?
En la mayoría de los casos, es mejor mantenerse al día con sus obligaciones tributarias actuales antes de abordar los impuestos vencidos. Las autoridades fiscales quieren comprobar que los contribuyentes han corregido errores pasados y cumplen con sus obligaciones de cara al futuro.
¿Puedo ser personalmente responsable de los impuestos adeudados por mi empresa?
Sí. Incluso si su empresa es una LLC o corporación, usted podría ser personalmente responsable de ciertos impuestos comerciales. Las autoridades fiscales cuentan con herramientas que les permiten perseguir a las personas que tenían control o autoridad sobre las finanzas de la empresa.
El IRS presentó un gravamen fiscal. ¿Eso significa que perderé mi vivienda?
No necesariamente. Las autoridades fiscales solo ejecutan una pequeña parte de los gravámenes fiscales. Un gravamen fiscal es similar a una hipoteca adicional y suele afectar la venta, la refinanciación o el préstamo con garantía de la propiedad. Podrían existir opciones como la subordinación o la condonación del gravamen.
Presenté una declaración conjunta y el problema fiscal fue culpa de mi cónyuge. ¿Sigo siendo responsable?
Posiblemente no. Podrías calificar para alivio del cónyuge inocente Si puede demostrar que desconocía o no tenía motivos para conocer el asunto fiscal. Otros factores, como abuso o dificultades económicas, también podrían ser relevantes. No todos los contribuyentes cumplen los requisitos, y la elegibilidad depende de hechos específicos.
Mi contador cometió un error. ¿Aún tengo que pagar el impuesto?
Sí. Los contribuyentes son, en última instancia, responsables del impuesto adeudado. Sin embargo, podría tener derecho a una exención de sanciones si confió razonablemente en el asesoramiento de su contador. Esto generalmente requiere demostrar que proporcionó información completa, que confió de buena fe y que el contador era competente.
Si un agente del IRS es injusto, ¿tiene la última palabra?
No. El IRS Tiene sólidos derechos de apelación administrativa. La mayoría de las decisiones del IRS pueden apelarse internamente. Un abogado fiscal con experiencia puede ayudarle a gestionar el proceso de apelación para obtener un resultado más favorable.
¿Presentar una solicitud de Debido Proceso de Cobro (CDP) detiene los cobros del IRS? Auditoría General de Impuestos
Una solicitud de Debido Proceso de Cobro generalmente detiene la mayoría de las acciones de cobro, incluyendo embargos bancarios y de salario. Sin embargo, existen excepciones. El IRS aún puede presentar gravámenes fiscales y, en ciertos casos de impuestos sobre la nómina, los embargos pueden continuar a pesar de una solicitud de CDP pendiente.
