- Carta 484C
- Carta 549C
- Carta 668D / LP68
- Carta 681C
- Carta 757C
- LT11 / Carta 1058
- LT18 / Carta 1615
- LP 64 / Carta 1731
- LT27 / Carta 1737
- Carta 1961C
- Carta 1962C
- LT16 / Carta 2050
- Carta 2257C
- Carta 2271C
- Carta 2272C
- Carta 2273C
- Carta 2318C
- Carta 2357C
- Carta 2603C
- Carta 2604C
- Carta 2761C
- Carta 2789C
- Carta 2800C
- Carta 2801C
- Carta 2840C
- Carta 3030C
- Carta 3127C
- Carta 3217C
- LT39 / Carta 3228
- Carta 4883C
- Carta 5071C
- LP47
- LP59
Carta 484C: Esta carta solicita que complete un estado financiero para que el IRS pueda determinar adecuadamente su capacidad de pago. Debe completar el estado financiero y proporcionar toda la justificación requerida y devolverlo al IRS tan pronto como sea posible, o antes de la fecha de vencimiento que se indica en la carta.
Carta 549C: Esta carta le informa el tipo de impuesto y el año fiscal que se indica en la carta se ha pagado. Si debe otro tipo de impuestos y año (s) tributarios, continúe con sus pagos de la forma habitual.
Carta 668D / LP68: Esto le notifica que el IRS ha publicado el Aviso de embargo para el contribuyente que figura en la carta. Ya no está obligado a entregar dinero, propiedad o derechos de propiedad que pertenezcan a ese contribuyente.
Carta 681C: Según la información que proporcionó al IRS, han aceptado su solicitud de pago según lo confirmado en la carta, pero esto no constituye un acuerdo de pago a plazos formal. Pague todo lo que pueda pagar, cuando pueda.
Carta 757C: Esta carta le informa que no cumplió con los términos de su Acuerdo de pago a plazos al realizar los pagos antes de la fecha de vencimiento, así que llame al número que figura en la carta y alguien del IRS lo ayudará.
LT11 / Carta 1058: Esta carta es un aviso que explica que el IRS tiene la intención de emitir un embargo contra sus cuentas bancarias, salarios u otros activos porque todavía tiene un saldo adeudado. Le informa que comenzarán a buscar otros activos sobre los cuales también emitir un gravamen, y pueden presentar un Gravamen por Impuesto Federal si aún no lo han hecho. Debe pagar la cantidad que se muestra en el aviso o llamar al número proporcionado para establecer un plan de pago.
LT18 / Carta 1615: Este aviso le informa que el IRS no tiene registro de haber recibido declaraciones de impuestos federales sobre la renta durante los años indicados en la carta. Presente las declaraciones o comuníquese con el IRS para discutir el asunto.
LP 64 / Carta 1731: El IRS está intentando localizar a un contribuyente y solicita su ayuda. Proporcione al IRS la información que tiene sobre la dirección del contribuyente, los números de teléfono de la casa y el trabajo, y el nombre y la dirección de cualquier empleador u otras personas que puedan saber cómo localizar al contribuyente.
LT27 / Carta1737: El IRS le notifica que recibió su solicitud de un plan de pago y necesita que complete la información financiera para determinar si califica para un acuerdo de pago a plazos. Complete el Formulario 433F que se incluyó con la carta, ya sea por correo o llamando al número que figura en el aviso.
Carta 1961C: Esta carta es en respuesta a una solicitud oral o escrita de un Acuerdo de Pago a Plazos de Débito Directo y explica por qué su solicitud de Débito Directo no pudo ser concedida y describe los pasos necesarios para calificar para el Débito Directo. Debe completar el Formulario 433 y devolverlo al IRS con su cuenta bancaria y números de ruta.
Carta 1962C: Esta carta confirma que su solicitud por escrito del Acuerdo de pago a plazos de débito directo ha sido aprobada y explica las tarifas que cobra el IRS por establecer su acuerdo. Este aviso también le explicará qué hacer si califica para una Reducción de la tarifa por bajos ingresos. Asegúrese de que el monto de su pago esté disponible en su cuenta corriente antes de la fecha de vencimiento indicada en la carta.
LT16 / Carta 2050: Este aviso le informa que se pueden tomar medidas de cumplimiento para cobrar los impuestos que adeuda porque no ha respondido a los avisos anteriores que se le enviaron. Comuníquese con el IRS para resolver este asunto.
Carta 2257C: Esta carta es una respuesta a su solicitud oral o escrita de un monto de liquidación de cualquier saldo adeudado al IRS. Por favor pague el monto indicado por la fecha incluida en la carta.
Carta 2271C: Esta carta es una confirmación de su solicitud financiera para un acuerdo de pago a plazos y explica las tarifas asociadas. Lea este aviso con atención, ya que puede explicar qué hacer si califica para una Reducción de la tarifa por bajos ingresos o puede solicitar la información faltante basada en la información financiera que proporcionó anteriormente.
Carta 2272C: Esta carta es una respuesta a su solicitud escrita u oral de pagar su saldo adeudado en cuotas y explica por qué el IRS no puede establecer el acuerdo. Proporcione al IRS la información solicitada o proporcione una explicación de por qué no puede hacerlo.
Carta 2273C: El IRS ha aceptado su solicitud oral o escrita de pagar lo que le debe al IRS en cuotas. Esta carta contiene un monto específico en dólares que debe pagar cada mes, junto con la fecha de vencimiento del pago. También proporciona la dirección a la que debe enviar su pago. Si califica, puede solicitar la Reducción de la tarifa por bajos ingresos. La información sobre esta reducción de tarifas se encuentra en su aviso.
Carta 2318C: Esta carta es el resultado de su solicitud oral o escrita para pagar su obligación tributaria a través de Deducciones de nómina, y explica las tarifas necesarias que se cobran para pagar esta deuda mensualmente. Proporcione al IRS la firma de su empleador que acepta deducir una cantidad de su cheque de pago y enviar esa cantidad al IRS.
Carta 2357C: Esta carta le informa que el IRS no le envió los avisos de saldo adeudado que debería haberle proporcionado. Pague el saldo adeudado lo antes posible.
Carta 2603C: Esta carta le notifica que el Servicio de Impuestos Internos (IRS) ha aceptado su acuerdo de pago a plazos y que presentarán un gravamen por impuestos federales sobre su propiedad personal. Realice los pagos mensuales del acuerdo de pago a plazos y comuníquese con el IRS al número gratuito que figura en su aviso si tiene alguna pregunta.
Carta 2604C: El IRS ha aceptado su solicitud oral o escrita de pagar lo que le debe al IRS en cuotas y le proporciona la cantidad específica en dólares adeudada, así como la fecha de vencimiento. Si califica, puede solicitar la Reducción de la tarifa por bajos ingresos. La información sobre esta reducción de tarifas se encuentra en su aviso.
Carta 2761C: Esta carta solicita las fechas de servicio de su zona de combate para asegurarse de que le brinden las disposiciones especiales y la protección bajo el aplazamiento de la zona de combate. Puede solicitar varios documentos de respaldo de su superior para respaldar sus afirmaciones.
Carta 2789C: Esta carta es una respuesta a su solicitud escrita u oral de información en el aviso de recordatorio anual que le informa de su saldo adeudado. También explica que las multas y los intereses continúan acumulándose hasta que se paga el saldo. Pague su saldo lo antes posible para evitar intereses y multas innecesarias.
Carta 2800C: Esta carta fue enviada por el IRS porque creen que su empleado pudo haber presentado un Formulario W-4 incorrecto. Comience a retener el impuesto sobre la renta de los salarios de este empleado según las tasas actuales.
Carta 2801C: El IRS ha determinado que no tiene derecho a reclamar el estado de exención más de un número específico de deducciones de retención. Generalmente, es su empleador quien basa el monto de la retención para los ingresos federales, pero el IRS puede revisar si tiene derecho a reclamar el estado de exención.
Carta 2840C: Esta carta confirma su Acuerdo de pago a plazos que solicitó al presentar una declaración de saldo adeudado y confirma la fecha y el monto del pago. Realice sus pagos mensuales antes de la fecha indicada para evitar intereses o multas.
Carta 3030C: Esta carta le brinda una explicación del impuesto, la multa y el interés que aún adeuda en su cuenta. Pague la cantidad completa lo antes posible, pero a más tardar en la fecha que figura en su aviso.
Carta 3127C: Esta carta confirma los cambios realizados en su Acuerdo de pago a plazos que solicitó, y todos los cambios se explican en la carta. Siga las instrucciones proporcionadas y realice los pagos antes de la fecha indicada en su aviso.
Carta 3217C: El IRS ha aceptado su solicitud oral o escrita de pagar lo que adeuda en cuotas. Esta carta contiene un monto específico en dólares que debe pagar cada mes, junto con la fecha de vencimiento del pago. También proporciona la dirección a la que debe enviar su pago. Si califica, puede solicitar la Reducción de la tarifa por bajos ingresos. La información sobre esta reducción de tarifas se encuentra en su aviso.
LT39 / Carta 3228: Este es un aviso de recordatorio de que debe impuestos vencidos al IRS. Si ya está trabajando con el IRS para resolver este problema, no es necesario que realice ninguna otra acción. De lo contrario, comuníquese con el IRS para pagar su saldo en su totalidad o concertar un acuerdo de pago a plazos.
Carta 4883C: El IRS necesita más información para procesar correctamente su declaración de impuestos. Llame al número que figura en la carta para obtener ayuda.
Carta 5071C: El IRS necesita más información para procesar correctamente su declaración de impuestos. Llame al número que figura en la carta para obtener ayuda o utilice el sitio web seguro del IRS.
LP47: El IRS está intentando localizar a la persona identificada en la carta. Proporcione la dirección de esta persona lo antes posible.
LP59: El IRS había enviado previamente un aviso de embargo para cobrar dinero del contribuyente en la carta, pero no ha recibido respuesta. Si ya respondió, complete la información y envíela por correo al IRS porque usted es legalmente responsable de responder al embargo y debe enviar la cantidad adeuda lo antes posible.