Avisos Comunes del IRS
El IRS tiene cientos de avisos que envían a los contribuyentes, por lo que compilamos una lista de los avisos del IRS más comunes escritos en inglés sencillo para evitarle el dolor de cabeza de descifrar lo que significa su aviso.
CP10: El IRS ha realizado cambios en su declaración porque hubo un error de cálculo, y estos cambios pueden afectar el pago de impuestos estimados que solicitó que se aplicara a su próximo año fiscal. Lea este aviso con atención, ya que describirá los problemas y le sugerirá pasos adicionales que debe seguir. Además, ajuste los pagos de impuestos estimados de este año para evitar posibles pagos insuficientes de los próximos impuestos.
CP11: Esto le notifica que el IRS ha encontrado un error de cálculo en su declaración de impuestos y, como resultado, debe dinero en sus impuestos. Lea este aviso con atención, ya que describirá los problemas y le sugerirá pasos adicionales que debe seguir. Si no está de acuerdo con los cambios que ha realizado el IRS, comuníquese con ellos dentro de los 60 días posteriores a la recepción de su aviso.
CP12: Este aviso le informa que el IRS hizo cambios para corregir un error de cálculo en su declaración de impuestos. Si está de acuerdo con los cambios que hizo el IRS en su declaración, no necesita hacer nada y su declaración debería llegar dentro de 4 a 6 semanas. Si no está de acuerdo, comuníquese con el IRS al +1 (800) 829-8374 para revisar su cuenta.
CP14: El IRS envía este aviso cuando debe dinero por impuestos no pagados. Lea este aviso con atención, ya que le explicará cuánto debe y cómo pagarlo. Debe pagar la cantidad que se indica en este aviso antes de la fecha indicada, a menos que no pueda pagar, en cuyo caso es posible que pueda organizar un plan de pago.
CP23: El IRS hizo cambios en su declaración porque encontró un error de cálculo entre el monto de los pagos de impuestos estimados en su declaración de impuestos y el monto registrado en su cuenta. Tiene un saldo adeudado debido a estos cambios. Lea esto detenidamente, ya que le explicará por qué debe dinero en sus impuestos y verifique la lista de pagos que el IRS aplicó a su cuenta para asegurarse de que se aplicaron todos los pagos que realizó. Si está de acuerdo con los cambios, pague el monto total antes de la fecha que se muestra en su aviso, y si no puede pagar el monto total antes de la fecha indicada, es posible que pueda establecer un plan de pago. Si no está de acuerdo con los cambios realizados, comuníquese con el IRS al número gratuito que figura en su aviso.
CP24: El IRS ha realizado cambios en su declaración de impuestos porque encontró una diferencia entre el monto de los pagos de impuestos estimados en su declaración de impuestos y el monto registrado en su cuenta. Como resultado, tiene un posible crédito por pago excesivo debido a estos cambios. Lea esto detenidamente y verifique la lista de pagos que el IRS aplicó a su cuenta para asegurarse de que se aplicaron todos los pagos que realizó. Si no está de acuerdo con los cambios realizados, comuníquese con el IRS al número gratuito que figura en su aviso.
CP49: Este aviso le informa que el IRS usó todo su reembolso de impuestos para pagar una deuda tributaria. Su aviso explicará cómo usaron su reembolso, así que asegúrese de leerlo con atención y comuníquese con el IRS si no está de acuerdo.
CP54G: Esto le notifica que la declaración de impuestos que presentó muestra un nombre o número de identificación diferente de la información que el IRS tiene archivada para su cuenta. Proporcione al IRS la información solicitada para que puedan procesar correctamente su reembolso.
CP90: Este aviso le informa sobre la intención del IRS de embargar ciertos activos. Anteriormente le enviaron un aviso sobre el problema con su cuenta, pero su saldo aún no se ha pagado. Lea atentamente su aviso, ya que explica los pasos que debe seguir dentro de los 30 días posteriores a su aviso para evitar que se emita el embargo.
CP91: El IRS le está notificando su intención de cobrar sus beneficios de Seguro Social. Su saldo aún está impago y pretenden tomar el 15% de sus beneficios del Seguro Social como pago. Lea atentamente su aviso, ya que explica los pasos que debe seguir dentro de los 30 días posteriores a su aviso para evitar que se emita el embargo.
CP297A: El IRS le ha enviado este aviso para informarle sobre un embargo emitido y su derecho a una audiencia. Anteriormente le enviaron un aviso sobre el problema con su cuenta, pero su saldo aún no se ha pagado.
CP501: Esto le informa que tiene un saldo adeudado (dinero que debe al IRS) en una de sus cuentas de impuestos. Lea este aviso con atención, ya que debería responder a sus preguntas iniciales. Le indicará la fecha de vencimiento, el monto adeudado y le ofrecerá opciones de pago. Debe realizar sus pagos antes de la fecha de vencimiento o establecer un plan de pago si no puede pagar en su totalidad.
CP503: Este aviso sirve como un recordatorio enviado por el IRS porque no han tenido noticias suyas y tiene un saldo impago en una de sus cuentas de impuestos. Lea este aviso con atención, ya que le indicará la fecha de vencimiento, el monto adeudado y le ofrecerá opciones de pago. Debe realizar sus pagos antes de la fecha de vencimiento o establecer un plan de pago si no puede pagar en su totalidad.
CP504: Este aviso le informa que tiene un monto impago adeudado en su cuenta, y si no se paga de inmediato, el IRS cobrará su reembolso del impuesto sobre la renta estatal y lo aplicará para pagar el monto adeuda. Lea este aviso con atención, le indicará su fecha de vencimiento, el monto adeudado y le ofrecerá las opciones de pago disponibles. Debe realizar sus pagos antes de la fecha de vencimiento o establecer un plan de pago si no puede pagar en su totalidad.
CP504B: Este aviso le informa que tiene un monto impago adeudado en su cuenta, y si no se paga inmediatamente, el IRS embargará ciertos bienes o derechos de propiedad y los aplicará para pagar el monto adeudado. Lea este aviso detenidamente, le indicará la fecha de vencimiento, el monto adeudado y le ofrecerá opciones de pago. Debe realizar sus pagos antes de la fecha de vencimiento o establecer un plan de pago si no puede pagar en su totalidad.
CP523: Este aviso le informa de la intención del IRS de rescindir su acuerdo de pago a plazos (plan de pago) y embargar sus activos porque no cumplió con su plan de pago. Realice su pago antes de la fecha de terminación para evitar que se rescinda su contrato de pago a plazos. Si se cancela, es posible que pueda coordinar con el IRS para restablecerlo después de pagar una tarifa.
CP2005: El IRS aceptó la información que les envió y no van a cambiar su declaración de impuestos. Han cerrado la revisión de su cuenta. No es necesario que realice ninguna otra acción.
CP2051: El IRS necesita que se comunique con ellos lo antes posible. Han recibido información que no figura en su declaración de impuestos. Lea el aviso con atención, ya que explica qué información ya ha recibido el IRS. Complete el formulario de respuesta enviado con su aviso independientemente de si la información es correcta o incorrecta.
Carta 668D / LP68: Esto le notifica que el IRS ha publicado el Aviso de embargo para el contribuyente que figura en la carta. Ya no está obligado a entregar dinero, propiedad o derechos de propiedad que pertenezcan a ese contribuyente.
LT11 / Carta 1058: Esta carta es un aviso que explica que el IRS tiene la intención de emitir un embargo contra sus cuentas bancarias, salarios u otros activos porque todavía tiene un saldo adeudado. Le informa que comenzarán a buscar otros activos sobre los cuales también emitir un gravamen, y pueden presentar un Gravamen por Impuesto Federal si aún no lo han hecho. Debe pagar la cantidad que se muestra en el aviso o llamar al número proporcionado para establecer un plan de pago.
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Tenga en cuenta que la información y los consejos presentados en este blog no están destinados a ser utilizados como asesoramiento legal formal. Contacto un profesional de impuestos para el asesoramiento fiscal personalizado en relación con su situación específica. Si bien intentamos responder todas las partes de la pregunta cuando escribimos nuestros blogs, a veces pueden quedar algunas sin respuesta. Si tiene alguna pregunta sobre sus problemas con el IRS, SBOE, FTB o BOE, o la ley tributaria en general, llame a RJS Law al (619) 595-1655.
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